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La realidad de la economía de México...
Última actualización: 23/Jul/14
¿Quién puede entrar en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)?
1. Pregunta

¿Puedo tributar en este régimen si realizo actividades empresariales a través de una copropiedad?

Respuesta

Sí, siempre que la suma de los ingresos de todos los copropietarios por estas actividades, sin deducción alguna, no exceda en el ejercicio anterior de dos millones de pesos, y que en lo individual el ingreso que le corresponda a cada copropietario, sin deducción alguna, junto con los ingresos por ventas de activos fijos tampoco lo excedan.

Quien debe cumplir las obligaciones derivadas de la copropiedad, tales como llevar los libros, realizar registros, expedir comprobantes y presentar declaraciones es únicamente el representante común.
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Cómo declarar en  
el Regimen de  
Incorporación  
Fiscal (RIF)

A continuación se  
presentan las preguntas  
más frecuentes respecto a  
la forma de declara en el  
Régimen de Incorporación  
Fiscal (RIF).

1. Pregunta
Si tengo ingresos por un  
local en el mercado y  
además por otro negocio, ¿
debo pagar por separado  
el impuesto por las ventas  
de cada uno?

Respuesta
Si tienes dos negocios  
debes cumplir con las  
obligaciones fiscales de  
manera conjunta, por la  
suma de todos tus  
ingresos..... Leer más
Segunda  
Resolución de  
Modificaciones a la  
Resolución  
Miscelánea Fiscal  
para 2014 y sus  
Anexos 1, 1-A, 2, 3,  
6, 11, 14, 15, 18, 22,  
23 y 24.

1/07/14.- El SAT publica  
el día de hoy en su página  
de internet la Segunda  
Resolución de  
Modificaciones a la  
Resolución Miscelánea  
Fiscal para 2014 y sus  
Anexos 1, 1-A, 2, 3, 6, 11,  
14, 15, 18, 22, 23 y  
24....Leer más
Lista la aplicación  
para que  
contribuyentes del  
RIF presenten sus  
declaraciones

30/06/14.- La Secretaría  
de Hacienda y Crédito  
Público, a través del  
Servicio de  
Administración  
Tributaria, emitió un  
comunicado a través del  
cual informó a los  
contribuyentes del  
Régimen de Incorporación  
Fiscal (RIF) que ya se  
encuentra disponible en el  
portal del SAT, la  
aplicación para que  
presenten sus... Leer más
2. Pregunta
Cuando los ingresos son por sueldos, pensiones o jubilaciones y además se tiene un negocio, ¿puede tributarse en el Régimen de Incorporación Fiscal?

Respuesta

Sí, cuando el total de los ingresos anuales por todas las actividades no exceda los dos millones de pesos.


3. Pregunta
¿Qué hacer para ingresar al Régimen de Incorporación Fiscal cuando inicio un negocio pero tengo además ingresos por un sueldo?

Respuesta


Presenta el aviso de inscripción en el Régimen de Incorporación Fiscal en el mes siguiente al inicio de actividades de tu negocio.

Al hacer tus declaraciones bimestrales considera únicamente los ingresos del negocio, sin sumar los ingresos por sueldo.


4. Pregunta

¿Puedo incorporarme al régimen si además de los ingresos por mi negocio tengo otros por arrendamiento?

Respuesta

No, debido a los ingresos adicionales por arrendamiento.


5. Pregunta

¿Puedo incorporarme al régimen si tengo una tienda de abarrotes y además recibo comisiones?

Respuesta

No, si las comisiones representan más de 30% de tus ingresos.


6. Pregunta

¿Si presenté alguna declaración en el Régimen General de Ley en el ejercicio de 2014, puedo cambiar al Régimen de Incorporación Fiscal?

Respuesta
No, ya no puedes cambiar.
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